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¿Qué es el Certificado de Eficiencia Energética?
El Certificado de Eficiencia Energética es un documento oficial redactado por un técnico competente que califica energéticamente un inmueble. Mediante la certificación de eficiencia energética, que es el proceso por el que se verifica la conformidad de la calificación energética obtenida en el inmueble.

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¿Qué contiene el Certificado de Eficiencia Energética?
Todo Certificado de Eficiencia Energética tendrá como mínimo:

1. Identificación del edificio o, si es el caso, de la parte del mismo que se certifica.
2. identificación del procedimiento escogido para la obtención de la calificación energética de un edificio (opción general, programa informático u opción simplificada) indicando la siguiente información:

a. Descripción de las características energéticas del edificio, envolvente térmica, condiciones normales de funcionamiento y ocupación, instalaciones y otros datos utilizados para obtener la calificación energética del edificio.
b. Identificación de la normativa sobre el ahorro y eficiencia energética que le era de aplicación en le momento de construcción (si existiera).
c. Descripción de las comprobaciones, pruebas e inspecciones llevadas a cabo pro el técnico certificador, durante la fase de calificación energética con la finalidad de establecer la conformidad de la información contenida en el certificado energético.

3. Calificación de la eficiencia energética del edificio expresada mediante la etiqueta energética.
4. Documento que recoja las medidas recomendadas por el técnico certificador, clasificadas según su viabilidad técnica, funcional y económica, así como por su repercusión energética, que permitan, en el caso de que el propietario del edificio decida acometer voluntariamente esas medidas, que la calificación energética mejore como mínimo un nivel en la escala de certificación energética.

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¿Cuándo se debe informar sobre el Certificado de Eficiencia Energética?
1. La etiqueta de eficiencia energética debe incorporarse a toda oferta, promoción y publicidad dirigida a la venta o publicidad del edificio.
2. Cuando el edificio sea objeto de contrato de compraventa total o parcial, será puesto a disposición del adquiriente.
3. Cuando el edificio sea objeto de contrato o arrendamiento total o parcial, será puesto a disposición del arrendatario.

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¿Quién puede realizar el Certificado de Eficiencia Energética?
Técnicos que estén en posesión de la titularidad académica y profesional habilitante para la realización de proyectos de edificación o de sus instalaciones térmicas, elegidos libremente por el propietario.

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¿Qué trabajos comporta la realización de la certificación energética?
El proceso de una certificación energética:

1. Una visita de inspección al inmueble a certificar, con toma de fotos del exterior e interior, de los datos de campo y medición detallada del inmueble, incluyendo su volumen habitable.
2. El levantamiento de su plano para cuantificar parámetros físicos decisivos en el resultado del cálculo.
3. Se recopilarán los datos administrativos y catastrales del inmueble, de los materiales, componentes, de sus fachadas y cerramientos, de las carpinterías exteriores y de los espesores de los distintos elementos analizados.
4. El cálculo de la eficiencia energética del inmueble antes analizado, será realizado por personal técnico titulado, con formación específica. Se utilizará solamente las aplicaciones oficialmente reconocidas.
5. La elaboración de un exhaustivo informe en el que se cuantifica y justifica la asignación a la vivienda, local u oficina de una determinada etiqueta energética (A-B-C-D-E-F-G) con expresión de sus resultados.
6. La proposición de alternativas para la mejora de la etiqueta energética del inmueble en uno o dos grados, según los casos, y su valoración económica si procede.
7. Registro del informe de Calificación Energética en el Órgano competente de la Comunidad Autónoma.

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¿Qué validez tiene el certificado?
El Certificado de Eficiencia Energética tendrá una validez de diez años.

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¿Se puede actualizar el certificado?
El propietario podrá voluntariamente proceder a su actualización, cuando considere que existen variaciones en el inmueble que pudieran modificar la calificación energética.

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